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El Consejo de Ministros aprueba la prórroga de los ERTE y las medidas de apoyo a autónomos

El Consejo de Ministros ha aprobado una nueva prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre de 2021, además de otras medidas complementarias de protección que buscan evitar la destrucción de puestoss de trabajo.

Los ERTE pueden ser por fuerza mayor, por impedimento de actividad por medidas de contención sanitaria, por limitación legal del desarrollo de la actividad normal y para sectores protegidos.

Se prorrogan las medidas extraordinarias en materia de exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas y para sectores ultraprotegidos, se incentiva la reactivación con mayores exoneraciones para los trabajadores activados que para los suspendidos.

Estos sectores ultraprotegidos, que se pueden consultar en este enlace, tendrán exoneraciones diferentes en los casos de trabajadores en suspensión de empleo frente a los que se activen en un contexto de mayor recuperación que en meses anteriores.

En esta lista se incluyen tres nuevos sectores (Confección de otras prendas de vestir y accesorios Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias y Actividades de fotografía). Y salen cinco (Artes gráficas, Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico, Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados-, Transporte espacial y Alquiler de medios de navegación-).

Se han incluido en este listado aquellas empresas cuya CNAE entre finales de abril de 2020 y finales de mayo han recuperado la actividad en porcentaje inferior al 75% y tengan un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.

Se incluyen unas exoneraciones mayores para los casos de los trabajadores que se reincorporen a la actividad: del 95% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 85% para las que tienen 50 o más en los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

Cuando mantengan a los trabajadores suspendidos, habrá una exoneración del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadoras. En el caso de contar con 50 trabajadores o más, las exoneraciones serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.

Se prorrogan también todas otras medidas complementarias de protección:

  • Contador a cero: la prestación cobrada no restará lo acumulado en la prestación de empleo.
  • Se mantiene el 70% de la base reguladora para calcular la cuantía de la prestación del ERTE.
  • Beneficios y garantías de protección para fijos discontinuos.
  • Acceso a la prestación a pesar de no contar con periodo de cotización previo.

Respecto a los profesionales de las artes en espectáculos públicos con derecho al acceso extraordinario a prestaciones económicas por desempleo, podrán seguir percibiéndolas hasta el 30 de septiembre de 2021.

AYUDAS A AUTÓNOMOS

El Consejo de Ministros también ha aprobado la extensión de las ayudas para autónomos/as hasta el 30 de septiembre de 2021.

Los beneficiarios con prestaciones hasta mayo contarán con exoneraciones en las cuotas de los próximos cuatro meses y se mantiene la prestación compatible con la actividad, la de suspensión de actividad y la de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.

Aquellos autónomos que no puedan solicitar alguna de las anteriores ayudas podrán pedir una prestación extraordinaria del 50% de la base mínima de cotización. Para ello deben acreditar una caída de ingresos del 50% y no haber alcanzando unos ingresos mínimos.





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