CEOE CEPYME Cuenca ha emitido una circular a sus asociados en las que les relata la concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento.
El Departamento Económico de CEOE CEPYME Cuenca se ha apoyado en Eurocaja Rural para hacer llegar a sus empresas esta línea de ayudas que está dentro de las medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID 19.
Estas ayudas tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a fecha de 13 de marzo de 2021.
En primer lugar, se satisfarán los pagos a proveedores por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la recaudación del nominal de la deuda con aval público.
Las personas que las soliciten deberán cumplir obligaciones como mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022, no podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022 y no podrán aprobar incrementos en las retribuciones en la alta dirección durante un período de dos años desde la aplicación de estas medidas.
Además, las empresas tienen que tener una caída de más de un 30% del volumen de operaciones anual en el impuesto sobre el valor añadido en 2020 con respecto a 2019.
Concesión directa
El plazo para presentar estas ayudas finalizar el próximo 9 de julio de 2021 y el procedimiento será de concesión directa, no pudiendo exceder el plazo máximo para resolver de dos meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud, entendiéndose el silencia administrativo como que se ha desestimado su concesión.
Las solicitudes se deben presentar a la Dirección General de empresas y se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es
El abono de la subvención se hará en u pago único con carácter anticipado y se ingresará en la cuenta bancaria indicada por la persona o empresa beneficiaria.
En el caso de ayudas de importe inferior a 60.000 euros, los beneficiarios deberán justificar la aplicación de los fondos recibidos a la finalidad prevista mediante la aportación, antes del 31 de diciembre de 2021, de una cuenta justificativa simplificada, mediante el formulario que figura en el anexo II.