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Consideraciones que no hay que olvidar en el día 1 sin mascarilla al aire libre

Este sábado entra en vigor la modificación del decreto-ley de medidas de prevención contra el Covid que permitirá, entre otras cuestiones, ir por la calle sin mascarilla cuando se esté al aire libre. Sin embargo, hay una serie de consideraciones que hay que tener en cuenta.

Para empezar, la mascarilla sigue siendo obligatoria cuando se produzcan aglomeraciones y no se pueda mantener una distancia mínima de 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes. También en el transporte público y en sus andenes.

En los eventos multitudinarios al aire libre, será obligatoria cuando los asistentes estén de pie o no se pueda mantener la distancia de seguridad. Sin embargo, en este caso están exentas de esta obligatoriedad aquellas personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria, no dispongan de autonomía para quitarse
la mascarilla o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será obligatoria si las autoridades sanitarias consideran que, por la propia naturaleza de la actividad, su uso es incompatible con la mascarilla.

También se puede ir sin mascarilla en las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80 % con pauta completa, acreditado por la autoridad sanitaria competente.

Esta excepción no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional.

En los centros penitenciarios donde haya movilidad de los internos, serán serán las propias instituciones quienes decidan, según las circunstancias, si hay que seguir utilizando ese sistema de protección o no.

Por último, la ley establece que la venta unitaria de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadas
individualmente solo se podrá realizar en las farmacias, garantizando unas condiciones de higiene adecuadas que salvaguarden la calidad del producto.





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