Sindicatos

Una sentencia reconoce el derecho de una funcionaria de la Junta a cobrar los trienios consolidados cuando era laboral

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha ha dado la razón a CCOO y ha ratificado el derecho de una funcionaria de la JCCM que antes fue laboral “a cobrar los trienios que tenía consolidados como personal laboral en la misma cuantía que los venía percibiendo antes de adquirir la condición de funcionaria”.

La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ-CLM ha desestimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la JCCM contra la sentencia del Juzgado de Albacete que en 2020 ya reconoció este derecho a la funcionaria; y condena además en costas al Gobierno de CLM (1.500 euros más IVA).

De acuerdo con la sentencia facilitada por Comisiones Obreras, el TSJ rechaza todas las alegaciones de la Administración y ratifica íntegramente la sentencia de primera instancia, que también condenó a la JCCM a abonar a la demandante las diferencias percibidas por dicho concepto desde los cuatro años anteriores a la fecha en que inició en vía administrativa (20 de diciembre de 2019) la reclamación del reconocimiento de su derecho, con las revalorizaciones anuales correspondientes.

En total, la Administración deberá pagar a esta funcionaria más de 6.000 euros por estos atrasos, además de incrementarle a partir de ahora 86,68 euros en cada nómina.

Esta mujer participó en 2001 en el proceso de funcionarización del personal laboral emprendido por la JCCM (y por otras muchas administraciones autonómicas). En su caso, cuando concluyó el proceso y adquirió la condición de funcionaria, acumulaba cuatro trienios como laboral; pero la Administración dejó de pagárselos conforme a la cuantía establecida para retribuir la antigüedad de este colectivo y pasó a valorárselos de acuerdo a su nuevo cuerpo y escala funcionarial, lo que le suponía 86,68 euros menos en cada nómina.

Lo mismo les ocurrió a cuantas personas participaron en aquellos procesos de funcionarización, en CLM y en otras comunidades autónomas; muchas de las cuales entablaron procedimientos primero administrativos y después judiciales para reclamar su derecho a cobrar los trienios que trabajaron como personal laboral al precio establecido para el personal laboral.

Así, son ya abundantes las sentencias emitidas por la jurisdicción contencioso-administrativa, desde juzgados de instancia de numerosas ciudades de toda a España a tribunales superiores de justicia de distintas CCAA; y también por la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, que -y tal y como recuerda en su sentencia el TSJ CLM- ya se pronunció en 2019 con meridiana claridad sobre esta cuestión: “el personal laboral tiene derecho a que los trienios reconocidos como personal laboral le sean abonados, tras adquirir la condición de personal funcionario, en la cuantía correspondiente al momento en que fueron perfeccionados” (Sentencia 723/2019, de 30 de mayo, rec. 163/2017).

“Valoramos la sentencia del TSJ CLM, que supone un nuevo y contundente varapalo judicial a la JCCM en materia de derechos laborales”, señala José Luis Martínez, coordinador del Sector Autonómico de CCOO-FSC CLM.

“A pesar de la evidencia jurídica del error cometido; y en su habitual estrategia de ‘sostenella y no enmendalla’, el Gobierno de CLM ha anunciado ya que acudirá en casación ante al Tribunal Supremo para recurrir esta sentencia, a sabiendas de todos sus fundamentos de derecho se basan en la doctrina jurisprudencial del Alto Tribunal al que pretende apelar.”

“Igualmente, la JCCM mantiene en vía judicial, pendientes de resolución de recursos de apelación, las más de 80 demandas interpuestas por las asesorías jurídicas de CCOO a instancias de personal funcionario en idéntica situación a la de la trabajadora sobre cuyo caso acaba de fallar el TSJ de nuestra región, dándole la razón a la demandante y condenando en costas a la Administración”

“La práctica inviabilidad de estos recursos, así como el de casación ante el Supremo, provocará un perjuicio añadido a las personas demandantes por la demora en el reconocimiento de su derecho y en el cobro de las cantidades que han de percibir.”

“Y conllevará, también, una catarata de condenas a costas, más de 80, a razón de 1.500 euros cada una, a cargo de las arcas públicas”.

“Ya lamentamos en su momento la cerrazón de la JCMM al negarse a atender, en vía administrativa previa, la justa reivindicación de quienes ahora obtienen la razón por cauces judiciales. Por ello, emplazamos a la Administración Regional a no agravar el problema que ella misma generó, acatando el dictamen judicial y desistiendo de todos los recursos hasta ahora tramitados.”

El sindicato invita a acudir a nuestras asesorías jurídicas a todas las personas que participaron en el proceso de funcionarización de 2001 y que aún no han reclamado la restitución de los derechos económicos “provocados por la injusta valoración de los trienios trabajados como personal laboral”.