El juicio en Cuenca contra A.T.P. por obligar a que le hicieran felaciones dos menores de edad, uno de ellos su hermano de diez años, ha quedado visto para sentencia una vez que el acusado ha reconocido los hechos a cambio de una reducción de pena, que pasa de los 35 años que pedía inicialmente la Fiscalía a los 19 años y medio que cumplirá.
El acusado ha intervenido de forma telemática en el juicio para reconocer los delitos que se imputan antes de que la Fiscalía propusiera la modificación de su escrito, que ha sido aceptada por la defensa, y se renunciara a la práctica del resto de las pruebas.
A falta de que el juez dicte sentencia, A.T.P. será condenado a diez años y medio, dos menos de lo que se pedía inicialmente, por el delito continuado de agresión sexual a su hermano menor, mientras que por los hechos que se refieren a la segunda víctima lo que se ha acordado es convertir los dos delitos de agresión sexual que se le imputaban en uno de agresión continuada a lo largo del tiempo, de tal forma que la propuesta de condena pasa de veinte años a nueve.
Por su parte, en lo que se refiere al delito contra la indemnidad sexual tipificado en el artículo 183 del Código Penal, que regula lo que hoy se conoce como ‘grooming’ o ciberacoso sexual a menores, se saldará con una pena de multa de 18 meses en lugar de los tres años de cárcel que se solicitaban anteriormente.
No se han rebajado ni las órdenes de alejamiento de las dos víctimas ni la inhabilitación de trabajar con menores durante un periodo de 30 años.
Tras este acuerdo de conformidad, el juicio queda visto para sentencia.
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