La representación de las empresas del sector de la madera, AEMAC, integrada en CEOE CEPYME Cuenca y los sindicatos Comisiones Obreras y UGT han firmado un nuevo convenio colectivo de este sector con una vigencia de cuatro años, hasta el próximo 2027.
De este modo se culminan con éxito unas negociaciones que se han prolongado durante aproximadamente un año, ya que esta mesa se constituyó en marzo del pasado año.
En este nuevo acuerdo se establece el período de vigencia ya señalado, así como el incremento de las tablas salariales y la adaptación a la normativa legal vigente.
El convenio colectivo de la madera engloba a alrededor de 90 empresas de la provincia en las que están contratados aproximadamente unos 1.500 trabajadores.
Nuevo convenio
Destaca como principal novedad la creación de unas nuevas tablas salariales para 2024 que sirven como referencia para subir las correspondientes a años posteriores
El nuevo convenio ha pactado una vigencia desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2027, fijándose para el primero de estos años una cantidad en concepto de atrasos fija lineal para todos los grupos y categorías de 250 euros, sin que vaya a tablas, ni pueda ser absorbida o compensada.
Para 2025 está pactado un incremento del 4% sobre las tablas de 2024 y uno del 3% para 2026, sobre las tablas del año anterior, aunque si el IPC de ambos años rebasa el 7%, se producirá un incremento del 1% adicional que va a las tablas definitivas sin generar atrasos.
En el último año pactado, en 2027, el incremento salarial será de un 3% sobre las tablas definitivas del ejercicio 2026, y revisión al IPC con tope del 0,5%, que igualmente irá a tablas, sin generar atrasos.
La aplicación de estas subidas salariales debe hacerse efectiva por parte de las empresas cuando se proceda a la publicación del convenio en el Boletín Oficial de la provincia de Cuenca aunque ya se pueden comenzar a recoger en los recibos este incremento en concepto a cuenta convenio o adelanto convenio.
En este sentido, el abono de los atrasos por la aplicación del nuevo convenio se podrá hacer efectivo en el plazo de dos meses siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Además, se producirán cambios en los conceptos salariales, pues se ha cambiado la denominación de “plus de asistencia o convenio” que pasa a denominarse únicamente “plus de convenio” y el “plus de transporte” que pasa a denominarse “plus de asistencia”, manteniéndose las normas de devengo.
Por otro lado, con las nuevas tablas se introducen otras novedades como es la agrupación de las diferentes categorías (antes cada categoría tenía una retribución) en siete grupos salariales y desaparece el grupo 7 como importante novedad.
Otros aspectos incluidos son un permiso acumulado de lactancia que se fija en 16 días laborales y una modificación del complemento de Incapacidad Temporal en caso de accidente, que pasa a complementarse hasta el 100% desde el día 6 (tal cual está ahora mismo el inicio) hasta máximo los 365 días, siempre y cuando se mantenga o persista la relación laboral.
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