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Abierto el plazo de ayudas para las familias acogedoras de Castilla-La Mancha

El Gobierno regional, a través de la Consejería de Bienestar Social, ha abierto el plazo para solicitar las ayudas económicas a las familias acogedoras de Castilla-La Mancha a través de una convocatoria de subvenciones, publicada ya en el Diario Oficial de la región, cuya cuantía presupuestaria es para 2022 es de 2.791.260 euros, con cargo a los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
 
 Así lo ha anunciado la consejera de Bienestar Social, Bárbara García Torijano, quien ha explicado que es una convocatoria que mantiene el mismo presupuesto del año anterior con la que “se cubrieron 545 ayudas para la atención de 619 niños y niñas en acogimiento, tanto en familia extensa como en familia ajena”.
  
 El acogimiento familiar se contempla dentro de las medidas protectoras a aplicar por la Administración autonómica a los/las menores respecto a los cuales la Administración asuma su tutela o guarda, con la finalidad de que se incorporen, de forma temporal o permanente, a otra familia, que asume las obligaciones de velar por ellos.
 
 En este sentido, García Torijano ha afirmado que, desde el Gobierno regional, se da mucha importancia a esta convocatoria destinada a cubrir los fastos de las familias acogedoras ya que “el acogimiento familiar es fundamental en el desarrollo del menor que se encuentra bajo tutela, proporcionándole un entorno tranquilo y seguro donde, no sólo sus necesidades están cubiertas, sino donde encuentra un espacio de confianza para desarrollarse como personas y llevar a cabo su proyecto de vida”.
 

Plazos


El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día 3 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del mismo año, si bien la concesión de las ayudas estará sujeta, en todo caso, a la existencia de consignación presupuestaria para hacer frente al coste de las mismas en el ejercicio presupuestario.

Las personas beneficiarias de las ayudas por acogimiento en familia ajena que estuvieran percibiendo la ayuda en el mes de diciembre de 2021 no tendrán la obligación de presentar nueva solicitud para los ejercicios siguientes, mientras sigan cumpliendo los requisitos establecidos por el artículo 17 del Decreto 80/2012, de 26 de abril, y continúe la situación de acogimiento, salvo que se produzcan modificaciones en dicha situación que impliquen cambios en el módulo de la ayuda.
 
 Las solicitudes podrán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es.
 
 También puede presentarse en el registro de los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus delegaciones provinciales.





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