Ecologistas de la Manchuel ha criticado orden que aprueba el plan que regula las actividades de uso público en el monumento natural de las Chorreras del Cabriel.
“No solo no se han adoptado las medidas que podrían ser más eficaces para lograr el objetivo de preservar el medio ambiente en este monumento natural, ni para prevenir los accidentes –como la prohibición del baño o el incremento del caudal mínimo-; sino que tampoco se han adoptado otras de menor calado pero que hubieran contribuido, como la prohibición de envases desechables. Tampoco se aborda el establecimiento permanente de un punto de información, y la cartelería se deja a criterio y disponibilidad de fondos del órgano gestor”, critican.
Esta asociación únicamente encuentra positiva la limitación del aforo, “aun con el arbitrario y excesivo incremento a 300 personas al día. Se espera que esto reduzca el número de accidentes pero seguirá produciéndose un alto grado de deterioro ambiental”, si bien remarcan que, dado lo abierto del espacio, en la práctica va a resultar muy difícil de cumplir sin la presencia de un control permanente en el interior del monumento natural.
En su opinión, “han primado como de costumbre los intereses economicistas, tanto de los Ayuntamientos como de las empresas que explotan el paraje en detrimento de la conservación del medio natural, con el agravante de que dicha conservación debería ser el principal objetivo de la Consejería que ha dictado el plan de uso público”.
Por otro laddo, denuncian que “loprocesos de participación e información pública han sido una pantomima, se ha hecho caso omiso de las aportaciones de la ciudadanía incluyendo solo, y de manera parcial, las normas referentes al aforo.
En definitiva, con este nuevo plan de uso público “se consagra el papel del monumento natural como parque acuático, apoyado por actuaciones como la denunciada el pasado 19 de mayo por Ecologistas en Acción de la Manchuela, consistente en la destrucción de la vegetación de ribera en pleno monumento natural, quizá para dar cabida al uso público masivo que este nuevo plan ha consolidado”.
CRÍTICA AL PROCESO
Este plan sustituye al aprobado en el momento de la declaración del monumento natural, el 1 de julio de 2019, cuyas medidas, según la propia Orden que ahora se publica, no estaban “siendo eficaces para reducir la masificación en el Monumento Natural”. Otros problemas que este nuevo plan debía solucionar, también según la propia Orden publicada anteayer, eran “el acceso en transporte discrecional sin respetar la regulación pasiva de aparcamientos” o “la proliferación de residuos debido a la presencia de mascotas”.
Desde la organización ecologista consideran que “con el eufemismo de la masificación en el monumento natural”, en realidad la Consejería de Desarrollo Sostenible se está refiriendo al alto nivel de conflictividad que presenta el espacio natural, y a la alarma generada por el cada vez mayor número de accidentes (al menos 14 en 2022) y de comportamientos vandálicos que incluyen desde pintadas en los elementos geomorfológicos protegidos hasta encender fuego, en pleno verano, en un espacio natural protegido. La revisión del plan de uso público, que se inició hace más de un año, antes de que hubiera transcurrido su periodo de vigencia cuatrienal, es un reconocimiento explícito de su fracaso o al menos de su insuficiencia”, explican en otra de prensa.
Pues bien, para “atajar estos problemas” se actualizan ahora las normas de uso público, para lo cual, dice la Orden, “se han realizado los trámites de participación pública, información pública y audiencia a las personas interesadas”.
“Efectivamente, se han realizado los trámites, sin embargo las aportaciones de la ciudadanía y las diversas entidades que han intervenido en dichos procesos, no han sido tenidas en cuenta”, denuncian.
Siempre según ACEM, el primer borrador de la Orden, que fue el que se sometió a dichos trámites, contemplaba limitar el aforo a 250 personas al día dentro del monumento natural, además de los 140 barranquistas, acompañados de sus monitores, que pueden realizar diariamente el descenso del barranco. Además, como medida para evitar los residuos de las mascotas, prohibía la entrada de perros excepto los perros guía y de asistencia.
En los resultados de la consulta pública, que se pueden consultar en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los participantes achacan la situación por una parte a la falta de la limitación de aforo, la falta de agentes ambientales y de información en general sobre los valores naturales del entorno; y por otra a las actividades de barranquismo y al baño, así como a la entrada de comida, bebida, envases desechables y otros residuos.
Además de estas consultas, varias entidades presentaron alegaciones al borrador, entre ellas, Ecologistas en Acción propuso medidas como la limitación estricta o incluso la prohibición del baño y el barranquismo y su sustitución por actividades más respetuosas con los recursos naturales protegidos. “Quizá la medida más efectiva de entre las propuestas por esta asociación fue el incremento de los caudales ecológicos en este tramo del río Cabriel: no se debe olvidar que esta zona del río, con un desnivel de casi 100 m en apenas un kilómetro de recorrido, solo es accesible para el baño y el barranquismo gracias a que el caudal mínimo es ínfimo, apenas un 10% del caudal medio del tramo”, señalan.
“Si el Cabriel circulara mayoritariamente por su cauce en lugar de hacerlo por las instalaciones hidroeléctricas, además de garantizar la conservación de los elementos y procesos naturales, se erradicarían las actividades que están causando conflicto en este espacio natural, y que serían naturalmente sustituidas por la observación del magnífico espectáculo natural que constituye un río vivo en un enclave privilegiado, una auténtica fuerza de la naturaleza en acción. En lugar de esto, el caudal mínimo existente convierte el tramo en un parque acuático para aprovechamiento comercial, parque acuático que por añadidura es peligroso, porque aun domesticado el río a la fuerza, la matriz rocosa y los saltos de varios metros de altura siguen allí, y por ellos se despeñan cada verano varias personas, con graves resultados para su salud e integridad física”, explica ACEM.
Por supuesto, a esta propuesta radical –es decir, que atajaría el problema de raíz- la respuesta de la administración regional ha sido “se estudiará”, y en su lugar se ha optado por adoptar otras medidas que apenas van a suponer un parche a la problemática medioambiental y de salud y seguridad pública que se presenta en el monumento natural.
No obstante, no es esto lo que les ha decepcionado profundamente al conocer el texto definitivo del plan, publicado el pasado 30 de mayo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Nos debatimos entre la incredulidad y el desengaño al leer medidas que no figuraban en el primer borrador, y que parecen tener origen en un segundo borrador, de fecha 5 de mayo de 2023, que se puede consultar en la web del proceso, y que obviamente no ha sido sometido a ninguno de los preceptivos procesos de participación, información pública y audiencia a los interesados.
Entre las nuevas medidas que según ACEM no han sido sometidas a estos trámites, figuran las siguientes:
- El aforo sube arbitrariamente de 250 a 300 personas, sin que entre la documentación publicada por la propia Consejería figure justificación alguna para este incremento.
- Se introduce la actividad denominada trekking acuático, “otro eufemismo, acuñado en esta ocasión por determinadas empresas de multiaventura, con el que pretendían eludir la regulación del barranquismo. Esta actividad supone un impacto enorme ya que implica el pisoteo de los elementos y hábitats de protección especial presentes en el cauce. Ahora se permite aguas abajo de la confluencia con el río Guadazón”.
- Los perros, cuya prohibición se justificaba por el problema ambiental y sanitario que causan sus excrementos, pasan a estar permitidos, siempre que vayan atados. “No se entiende cómo esta medida va a contribuir a evitar sus residuos, ni las razones que llevan a hacer este cambio arbitrario a lo largo del expediente de tramitación”.
- La lista de “otras mascotas”, que en el primer borrador simplemente se prohibía, se desarrolla de un modo innecesario y que ignora totalmente la normativa específica que regula las especies exóticas invasoras. “En nuestra opinión, esta redacción puede dificultar que lleguen a buen puerto los posibles expedientes sancionadores por este tipo de conductas”.
- También en el apartado de acceso con perros y otras mascotas, se establece que los gatos y perros asilvestrados o divagantes “no son compatibles” con la conservación de la fauna autóctona. “Otro cambio arbitrario, en este caso de utilidad incierta, pues por definición esos animales asilvestrados o divagantes no tienen dueño, ¿a quién se dirige entonces esta medida? Y si se van a tomar otras medidas, de captura o sacrificio, ¿cuáles son y cómo se van a llevar a cabo en un espacio natural protegido?”
- Respecto a la “prohibición” del consumo de bebidas alcohólicas. Como es lógico, sí se permite consumir alcohol en los domicilios privados, y en los establecimientos autorizados al efecto, “aunque a este respecto cabe preguntarse si el establecimiento existente cuenta con dicha autorización. Pero la prohibición que teóricamente afecta al consumo de alcohol en las Chorreras, en realidad está muy condicionada: no se puede consumir alcohol si con dicho consumo se causan molestias, se generen residuos, se altere la convivencia, se propicie la acumulación de personas, o cuando se haga delante de menores”. Los ecologistas consideran que “con esta normativa no se puede impedir que una persona o grupo de personas accedan al monumento natural con sus bebidas alcohólicas en la mochila, ya que aún no las han consumido en las condiciones “prohibidas”. Y cuando estén consumiéndolas en las Chorreras, y acudan los agentes medioambientales y les denuncien ¿quién será el órgano competente para tramitar dichas denuncias?”
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