El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha decreto para la ordenación y regulación de las empresas de intermediación turística, que deroga un decreto existente del año 2007 para adaptar la normativa a la directiva europea 2015/2302, que establece entre otras novedades la necesidad de un régimen de garantías para hacer frente a posibles insolvencias.
El decreto establece y diferencia las categorías de empresas de intermediación entre agencias de viajes, centrales de reservas y operadores turísticos, definiendo sus funciones y actividades, además de distinguir en la tipología de agencias de viajes entre organizadoras, minoristas y organizadoras minoristas.
Este Decreto establece que las diferentes actividades de venta de viajes combinados competen solo a las agencias de viajes, y tiene su principal novedad en la obligación, por parte de éstas, de constituir una garantía para hacer frente a posibles situaciones de insolvencia. La garantía puede ser de tres tipos: individual, con un seguro o aval bancario no inferior a 100.000 euros; colectiva, con un seguro o aval bancario, o fondo solidario de garantía promovido por asociaciones y colectivos, no inferiores a 2,5 millones de euros; o estableciendo esa garantía por cada viaje combinado, a través de seguros individualizados.
“Las agencias de viajes, alrededor de 420 en la región, tendrán un periodo de seis meses desde la entrada en vigor del Decreto para establecer estas garantías”, ha señalado Patricia Franco, que ha destacado que este esfuerzo normativo, que se ha dado en ámbitos como el turismo rural, el ecoturismo y el turismo activo, los campings y espacios de autocaravanas o los apartamentos de uso turístico, entre otros, “supone que los profesionales del sector puedan competir en igualdad y con garantías en nuestro territorio, y el usuario y el cliente final pueda acceder a sus servicios con total seguridad y garantías”.