Opinión

Comunicado del Grupo Popular

Como consecuencia de las manifestaciones realizadas por el Excmo. Sr. Alcalde de Cuenca, en relación con la apertura de dos expedientes disciplinarios al Jefe de Policía Local de Cuenca y el Oficial de más antigüedad en el Cuerpo, tras sernos requerido de manera constante información o aclaración por numerosos conquenses, con la única finalidad de respetar de manera escrupulosa el Principio de Presunción de Inocencia de los implicados, salvaguardar las garantías que constitucionalmente se encuentran establecidas y reguladas, desde el Grupo Municipal Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca creemos conveniente y necesario realizar las siguientes manifestaciones:

PRIMERO.- El pasado día 5 de Abril de 2024 a las 09:00 horas, la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca celebró sesión ordinaria como viene siendo habitual.

SEGUNDO.- En dicha reunión de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca se procedió a acordar la apertura de expedientes disciplinarios al Jefe de Policía Local de Cuenca y al Oficial de más antigüedad en el Cuerpo como consecuencia de las averiguaciones y datos obrantes en poder de la Secretaria General del Ayuntamiento.

TERCERO.- Posteriormente, a las 10:58:19 horas, se procede a la emisión del Decreto de la alcaldía nº 1988/2024 con el Asunto siguiente: “NOMBRAMIENTO PARA SUSTITUCION TEMPORAL DE LA JEFATURA DE POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA”.

CUARTO.- De igual manera, a las 09:36 horas, se convoca a todos los Portavoces de los Grupos Municipales en Junta de Portavoces a celebrar a ese mismo día a las 12:15 horas en la Alcaldía.

QUINTO.- Llegadas las 12:15 horas del día 5 de abril de 2024, se constituye la Junta de Portavoces del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca en la Alcaldía y bajo la presidencia del Excmo. Sr. Alcalde de Cuenca.

SEXTO.- En dicha reunión se traslada a los Portavoces de todos los Grupos Municipales el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local por el que se han aperturado los expedientes disciplinarios anteriormente reseñados, al deducirse de las investigaciones realizadas por parte del propio Ayuntamiento la posible existencia de delitos penales e infracciones administrativas, con la intención de depurar la situación supuestamente generada y ofrecer todo tipo de derechos y garantías a los afectados.

Igualmente se nos traslada que se ha procedido a la Sustitución de la Jefatura de Policía Local como consecuencia de ello.

SEPTIMO.- En ningún momento de dicha Junta de Portavoces se  traslada o entrega documentación alguna correspondiente a la investigación supuestamente llevada a cabo por los servicios oportunos del Ayuntamiento, como no puede ser de otra manera debido a que lo contrario pudiera ocasionar una vulneración de los derechos fundamentales de los afectados, atentando contra el Principio garantista que debe de regir todos los procedimientos sancionadores.

OCTAVO.- En ningún momento de dicha Junta de Portavoces se somete a votación o ratificación los acuerdos adoptados tanto por la Junta de Gobierno Local como por la Alcaldía, principalmente porque carece de competencias al efecto.

NOVENO.- Por lo tanto y como consecuencia de ello venimos a concluir:

·        El inicio de los citados expedientes disciplinarios aperturados al Jefe de la Policía y al Oficial de mayor antigüedad en el cuerpo han sido aprobados exclusivamente por la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca debido a sus competencias.

·        El Decreto de sustitución de la Jefatura de Policía Local de Cuenca corresponde de manera exclusiva al Excmo. Sr. Alcalde de Cuenca como no puede ser de otra manera.

·        La Junta de Portavoces del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca únicamente “tomo conocimiento” de ambas decisiones.

·    Desde la Junta de Portavoces del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca se solicitó de forma unánime que los expedientes disciplinarios aperturados se tramitaran respetando los Principios de Presunción de Inocencia, todas las garantías procedimentales al respecto y con la mayor diligencia posible.

DÉCIMO.- Desde el Grupo Municipal Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca solicitamos se mantenga el máximo respeto al Principio de Presunción de Inocencia de los afectados y se proceda a la abstención de realización de cualquier tipo de manifestación o impresión sobre los procedimientos sancionadores iniciados con la única finalidad de obtener un cumplimiento impoluto de la tramitación de los mismos en beneficio tanto de los afectados como del propio Ayuntamiento de Cuenca.

ÚNETE AL CANAL DE WHATSAPP DE ENCIENDE CUENCA

ÚLTIMAS NOTICIAS EN ENCIENDE CUENCA