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A información pública los proyectos del Parque de Economía Circular de Los Palancares

La Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo ha aprobado y sometido a información pública, incluso a los efectos ambientales, los nueve proyectos técnicos necesarios para el desarrollo y ejecución del Plan de Singular Interés del Parque de Economía Circular ‘Los Palancares’ en Cuenca, que promueve la Diputación.

Así consta en la resolución que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-la Mancha y recoge Europa Press, en la que se recuerda que Plan de Singular Interés se aprobó definitivamente mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 25 de mayo de 2023.

Dicha Dirección General ha emitido informe favorable de los nueve proyectos para la ejecución de las obras: Proyecto de urbanización [interior] del ámbito; Proyecto de enlace a distinto nivel en la carretera nacional N-420; Proyecto de acondicionamiento del camino de Los Palancares; Proyecto de conexión y distribución de la red de abastecimiento de agua; Proyecto de tratamiento de las aguas pluviales; Proyecto de línea aérea de alta tensión y conexión con ST de la N-320; Proyecto de suministro eléctrico en alta y baja tensión; Proyecto de alumbrado público en el ámbito del PLSI; Proyecto de estación depuradora de aguas residuales (EDAR).

Debido a que en el transcurso entre la aprobación definitiva del PLSI y la redacción de los Proyectos de Ejecución en los que se concretan y desarrollan las previsiones iniciales de aquel, se han producido algunos ajustes de diseño que conllevan una redelimitación, inclusión o exclusión de los bienes y derechos afectados por los 9 proyectos y, en consecuencia, por una eventual expropiación, la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo considera conveniente y oportuno, para garantizar al máximo la seguridad jurídica del procedimiento administrativo en tramitación, someter a información pública una relación completa de bienes y derechos necesarios para la ejecución de los proyectos, con independencia de que, respecto de los mismos, el promotor de la actuación haya suscrito o no compromisos de compra-venta, o de que las afecciones sobre dichos bienes y derechos hubieran sufrido cambios menores y no sustanciales.

De ahí que someta a información pública, por plazo de treinta días hábiles, la documentación que conforman los nueve proyectos técnicos necesarios para el desarrollo y ejecución del PLSI, el Estudio de Impacto Ambiental y el Proyecto de Medidas Complementarias, mediante publicación de anuncios en el Diario Oficial de Castila-La Mancha y en uno de los periódicos de mayor difusión de la región. El cómputo del plazo comenzará al día siguiente de la publicación del último anuncio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1, letra e), de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://transparencia.castillalamancha.es/), en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la JCCM (https://www.jccm.es/sede/tablon/) y en la web de planificación territorial y urbanismo de la Consejería de Fomento (https://urbanismo.castillalamancha.es/planeamiento/planeamie…).

De igual modo, cualquier interesado que desee consultar, podrá dirigirse a los Servicios Centrales de la Consejería de Fomento, Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo (Paseo Cristo de la Vega, s/n. 45071. Toledo).

Simultáneamente al trámite de información pública, se deberá notificar y dar audiencia al municipio afectado, y efectuar consulta a todas las Administraciones Públicas territoriales, entidades u organismos, titulares o gestoras de bienes o servicios afectados y personas interesadas, indicándoles la posibilidad de emitir informe o formular alegaciones en el plazo de treinta días hábiles contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación y, en todo caso, durante el periodo señalado.

Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno por ser acto de trámite, sin perjuicio de que pueda realizar cuantas alegaciones estime oportunas en el procedimiento para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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