CEOE CEPYME Cuenca ha enviado a sus empresas los aspectos básicos del decreto por el que es regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad.
La Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha ha apostado por estas ayudas en las que cuenta con la financiación del Fondo Social Europeo Plus y cuyas contrataciones deben realizarse desde el 1 de noviembre de 2023 al 31 de octubre de 2024.
En este caso, las subvenciones se dividen en dos líneas, una para la contratación indefinida y una segunda para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en otros a tiempo completo.
Las solicitudes deberán presentarse únicamente de forma telemática ante la sede electrónica de la Junta de Comunidades www.jccm.es y el plazo para presentar estas solicitudes comenzará expira el 30 de noviembre de 2024, siendo el plazo máximo de un mes desde el inicio del contrato o desde la modificación de la jornada, según sea la línea una o dos.
Requisitos
Para obtener estas ayudas se tiene que mantener el contrato de trabajo subvencionado durante 1.080 diás laborales desde su inicio o desde la modificación, y en el caso de la línea 1, mantener el número de contratos indefinidos en el centro de trabajo durante al menos 540 días naturales desde el día del inicio del contrato.
Serán subvencionables por tanto en la línea 1 los contratos por tiempo indefinido, incluidos los fijos-discontinuos, para personas que se encuentren como demandantes de empleo el día anterior a la modificación del contrato y se formalice por una jornada a tiempo completo equivalente al de una persona trabajadora comparable en el cómputo anual de la entidad contratante.
En la línea 2, serán subvencionables la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa, excluidos los fijos-discontinuos.
En este caso también se exige que formalice por una jornada a tiempo completo equivalente al de una persona trabajadora comparable en el cómputo anual de la entidad contratante, teniendo que suponer el incremento de la jornada de al menos un 25%.
Cuantía
La cuantía de la subvención para la línea 1 es de 7.500 euros por contrato, reduciéndose la cuantía del fijo discontinuo proporcionalmente en atención al período de actividad.
En cuanto a la línea 2, la subvención será de 3.500 euros, por contrato cuya jornada inicial sea menor o igual al 50% de la jornada completa equivalente a la de una persona trabajadora comparable con el cómputo anual de la entidad. Y, si la jornada inicial es superior al 50%, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de las horas adicionales.
Asimismo, se incrementará la ayuda en un 20% para solicitudes que se desarrollen en municipios de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas en riesgo de despoblación y de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación.
Se mejorarán en un 30% ara aquellos que se desarrollen en municipios de menos de 2.000 habitantes definidos como zona de intensa despoblación, y de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.
Asimismo, las ayudas crecerán un 40% para solicitudes que se desarrollen en municipios de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación. Por otro lado, las cuantías de las subvenciones de las dos líneas de ayuda se incrementarán en un 20% cuando la actividad se realice en algún municipio definido como zona prioritaria de Castilla-La Mancha.
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